Escrito por: Alberto: www.elgarinense.com 24 agosto 2012

Este es el proyecto de ordenanza que presento Bloque Acción Vecinal Escobar es Posible, para regular la instalación de antenas en el distrito de escobar.
Nos dirigimos a Ud. Y por su digno intermedio a los demás ediles integrantes de este Honorable Cuerpo, a fin de someter a consideración, el siguiente  Ordenanza:
Visto
Que se ha generado un incremento en la demanda para la localización, emplazamiento y funcionamiento de instalaciones generadoras de radiación electromagnética no ionizante en el Partido de Escobar, ello producto del vertiginoso avance de esta tecnología, y del incremento del uso de teléfonos celulares por parte de la ciudadanía en general, y
Considerando
Que en virtud de lo cual resulta menester reglamentar en el ámbito del Partido de Escobar, la instalación de antenas para la transmisión y retransmisión de ondas, y para el servicio de radiocomunicaciones móviles y de sus estructuras portantes;
que debido al rango de frecuencias de emisión y densidad que utilizan las antenas en cuestión, cabe legislar una normativa que regule su instalación, requisitos y condiciones que eviten posibles riesgos para la salud de la población;
que debe tenerse en cuenta además, que las antenas y sus estructuras portantes afectan el paisaje urbano, por cuanto cabe establecer requerimientos para que su emplazamiento produzca el mínimo impacto visual y medioambiental, preservando el derecho de los ciudadanos a un ambiente sano;
que la presente norma deberá necesariamente atender a lo expresamente consagrado en la Constitución Nacional, en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, en la Ley General de Ambiente 25.675, en la Resolución 202/95 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, en la Resolución Nº 144/07 de la ex Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, actual Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (O.P.D.S), y en los Principios Internacionales en materia ambiental, particularmente el Principio Precautorio, de Equidad Intergeneracional y de su Sustentabilidad. Los cuáles establecen que hasta tanto se conozcan los resultados de las investigaciones científicas en cuanto a las repercusiones a largo plazo para la salud  humana de la exposición constante a las ondas emanadas por las antenas, se deberá adoptar una política de precaución, procurando delimitar su ámbito de emplazamiento, y atendiendo además, a que el desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los recursos deberán realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente, de manera tal que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras, y;
que por lo tanto, este Municipio en el ejercicio de velar por el interés general de la población, debe legislar tanto en los aspectos urbanísticos como en los técnicos y de seguridad.


Una de las ultimas antenas que se quiso poner en funcionamiento en la ciudad, impedida por los vecinos

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