Escrito por: Alberto: www.elgarinense.com 27 marzo 2013

UN CONCEJAL DE LA OPOSICION SOLICITA QUE EL JEFE COMUNAL DE EXPLICACIONES SOBRE ALGUNOS TEMAS QUE NO SE CUMPLIERON ENTRE ELLOS EL AUMENTO A LOS EMPLEADOS MUNICPALES.

Jose Maria Rognone
Un concejal de la oposición quiere que el Intendente de explicaciones ante el HCD, por el incumplimiento de algunas cuestiones anunciadas el año pasado en el inicio de las sesiones del concejo. José María "Coti" Rognone es concejal por la ciudad de Maquinista Savio y conforma el bloque unipersonal Peronismo Doctrinario, quien solicita que el Intendente Sandro Guzmán sea interpelado en el Concejo Deliberante de Escobar. Rognone quiere que el Jefe Comunal asista al recinto del Concejo Deliberante para que responda algunas preguntas de los ediles en relación a los dichos del Intendente en la Apertura de las Sesiones Ordinarias del Concejo Deliberante del periodo 2012. No concreción de los siguientes anuncios en el mismo comprometidos para el citado ejercicio. La colocación de 60 cámaras de seguridad nuevas La adquisición de 10 unidades móviles nuevas que renovaran las actuales patrullas El Funcionamiento de un Puesto de Gendarmería en Ingeniero Maschwitz La construcción del primer túnel bajo vía; uno de los dos proyectados para Belén de Escobar, que permitirá descongestionar notablemente el transito. La construcción del nuevo polideportivo de Matheu. La Construcción de la Biblioteca Municipal de Matheu. La Inauguración del Espacio de la Memoria, que estará ubicado en Belén de Escobar, al lado de la comisaría de esa localidad, en recuerdo a los desaparecidos del distrito durante la última dictadura militar. La Colocación de nuevos semáforos en sitios estratégicos del distrito. Construcción de un centro de especialidades pediátricas en la localidad de Maquinista Savio Inauguración un Centro Ecográfico y de Monitoreo Fetal B) Expediente 13896/11 Referente a empréstito de 20 millones Informes de lo ejecutado de esos recursos y destino de la utilización de los mismos. C) Expediente 14198/12 por el cual el emprendimiento El Cantón abona al municipio 25,94 $/m2 por 118.800 m2 de superficie del municipio. 1) Informe de la baja tasación por metro cuadro de superficie en relación al valor comercial está entre 45 y 69 dólares/m2. 2) Informe motivo de sustitución por parcelas en la Primera Sección de Islas D) Expediente 14197/12 por el cual el emprendimiento San Matías abona 52.88 $/m2 por 60.528 m2 de superficie del municipio 1) Informe de la baja tasación por metro cuadro de superficie en relación al valor comercial está entre 34 y 45 dólares/m2 2) Informe motivo de sustitución por parcelas en la Primera Sección de Islas E) Expediente Nº 14.825/12, Ordenanza Nº 5044/12 “Calculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2013” por la cual este cuerpo aprueba un 20 % de aumento a los empleados municipales, Decreto de promulgación D. E. Nº 2049/12 sin observaciones ni modificaciones. Informe del incumplimiento del incremento de haberes del 20 % en todas las categorías de la planta del personal municipal. F) Nota del H. C. D. Nº 2527 la Sra. Blanca Emilia Ponce legajo municipal Nº 4152 referente a despido arbitrario. 1) Informe del despido de la personal de planta permanente con estabilidad laboral, sin los actos y/o sumarios administrativos correspondiente de acuerdo a la ley 11757 “Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”, artículos 11º incisos 10 y 15 no se le reconoce a la agente el derecho de los artículos 14º, 61º y 67º de la ley Nº 11757., que son normas de carácter imperativo de contenido obligatorio en todo acto municipal que contenga cesantías. 2) Contraposición de la cesantía del decreto 2010/12 con los derechos consagrados a través de los artículos 14º, 14º bis, 17º, 18º y 31º de la Constitución Nacional. 3) Informe de la situación por la cual la cesantía por decreto 2012/12 fuera de fecha 20 diciembre de 2012, 2 (dos) días después de la participación de la agente Blanca Emilia Ponce DNI Nº 11.752.444 legajo Nº 4172 (esposa del militante kirchnerista Daniel Bufeli) de un brindis de militantes kirchneristas realizado en la sede de Sociedad Cosmopolita, donde el Intendente ni funcionarios oficialistas fueron invitados. Artículo 1° de la ley 23.592 (ley antidiscriminación) dice: “Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.” Derecho de permanencia en el empleo, está amparado en el Art. 14 bis de la Constitución Nacional, al consagrar en su texto el precepto de "protección contra el despido arbitrario", refiriéndose al carácter de contrato de tracto sucesivo", y a la protección del mismo decretada a favor del trabajador que sin causa justificada, es víctima de la ruptura del contrato de trabajo.

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