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- IMPONEN NUEVAS REGLAS A LOS CENTROS DE ESTETICA
PROYECTO DE RESOLUCIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD IMPONE NUEVAS REGLAS A LOS CENTROS DE ESTÉTICA
El ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires elabora una resolución para establecer las condiciones en las que deben funcionar los centros de estética corporal y facial, en función del decreto ley 7315/67, que contempla la fiscalización de estos establecimientos comerciales.
Los procedimientos que ofrecen los centros de estética se amplían cada vez más y observamos que, sin el debido control sanitario, pueden poner en riesgo la salud de los usuarios.
Por eso, la nueva resolución ministerial firmada por el titular de la cartera, Alejandro Collia, detalla los controles a los que deben ser sometidos estos establecimientos por parte de la Subsecretaría de Control Sanitario, la misma que inspecciona clínicas, geriátricos y otros centros vinculados a la salud en territorio bonaerense.
“En principio los responsables de los centros deberán clarificar si realizan tratamientos invasivos o no invasivos, se les requerirá habilitación por parte del ministerio de Salud provincial, un registro de clientes y la exigencia del apto médico de esos clientes”, detalló la subsecretaria de Control Sanitario, Silvia Caballero.
La nueva resolución, además, indica que aquellos establecimientos que usen métodos invasivos que incorporen principios activos deberán estar inscriptos en el ANMAT o en el registro de Inscripción de Productos de Consumo de la Provincia y deberán contar con un médico que permita el tratamiento y practique el seguimiento de cada caso.
Finalmente, explicita la nueva normativa, los centros de estética que utilicen emisores de radiaciones, como las camas solares o los aparatos de depilación definitiva, deberán habilitarse en el Departamento de Establecimientos de Salud de la cartera sanitaria provincial.
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