Escrito por: Alberto: www.elgarinense.com 18 junio 2014

VIENDO LAS QUEJAS DE LOS VECINOS POR EL COBRO ADICIONAL DE LAS CARGAS VIRTUALES DE CELULARES Y DE LA TARJETA SUBE, EL MUNICIPIO ADVIRTIÓ QUE ES ILEGAL EL COBRO POR LA RECARGA DE ESTOS SERVICIOS



Hace unos días atrás, el municipio de Escobar, difundió un comunicando informando a los vecinos, sobre la prohibición de cobro adicional en la carga de créditos para diferentes servicios.
Sabido es que en diferentes comercios, generalmente kioscos, se cargan celulares y la tarjeta SUBE, para el transporte publico, pero ahora ya casi en la totalidad de los comercios que ofrecen este servicio se cobra un adicional al monto a cargar, de $ 1 ó $ 2 en algunos casos, algo que está totalmente prohibido.
En este sentido, el municipio de Escobar informa, a través de la oficina de Información al Consumidor, que se encuentra estrictamente prohibido el cobro de adicionales o la exigencia de compra de un producto por la prestación del servicio de carga de crédito en celulares o tarjeta SUBE.
La medida se extiende para todos los comercios ubicados dentro del Partido de Escobar y su falta de cumplimiento constituye una práctica abusiva que transgrede lo establecido en el Art.8 bis de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
En otro orden, la misma dependencia municipal informa de acuerdo a la ley provincial vigente desde el año 2012, que no se podrán imponer restricciones de días y horarios especiales para el cambio de un producto comprado en establecimientos de toda la provincia.
En caso de incumplimiento de la ley mencionada cuyo número es 14374, los responsables recibirán las sanciones correspondientes.
Para mayor información, teléfono de la OMIC 0348-4430460.


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